Ley: del latín lex, legis.

Regla fija a la que está sometido un fenómeno de la naturaleza.

Sine damnum.

Sin perjuicio.

La ley divina o ley de Dios es el concepto religioso cuyas leyes estarían establecidas y dependientes por alguna divinidad. La ley divina se percibe por sus creyentes como derivado de una fuente trascendente, como la voluntad de un dios o grupo de ellos, en contraste con la norma hecha por el hombre o la ley secular.

El derecho natural es una doctrina ética y jurídica que propugna la existencia de un conjunto de derechos universales anteriores, superiores e independientes al derecho escrito, al derecho positivo y al derecho consuetudinario. El iusnaturalismo clásico entiende que el derecho, es razonable y por tanto, lo sumamente insensato o irrazonable no es derecho.

Firma, autografo, rubrica.

Diccionario panhispánico del español jurídico

autógrafo
Gral. Escrito de la propia mano del autor. Aunque es sinónimo de ológrafo, este término se reserva a las disposiciones testamentarias escritas por el mismo testador.

firma
1. Gral. Nombre y apellidos de una persona o conjunto de rasgos o datos que la identifican a efectos de aprobar o dar autenticidad a un documento.
2. Int. púb. Procedimiento de autenticación del texto de un tratado, consistente en la signatura del mismo por parte del representante de un sujeto de derecho internacional.
3. Int. púb. Procedimiento de manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado, empleado con cierta asiduidad en tratados bilaterales o tratados multilaterales restringidos.
4. Int. púb. Procedimiento constitutivo de la fase inicial en un proceso complejo de manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado. Denominada usualmente firma simple, suele ir seguida de la ratificación.
CVDT/CVDTEOI, arts. 10 y 12; LTOAI, arts. 13 y 14.
5. Adm. Apoyo personal preciso para la presentación de una candidatura en determinados procesos electorales.
6. Hist. Durante la Edad Media y muy frecuentemente en el derecho local medieval, testificación o juramento.
Era usual la expresión recibir firmas, en el sentido de 'presentación de testigos'; firmar o firmare, en el sentido de 'testificar'; ser recibido en firma, para 'ser recibido como testigo'; desechar firmas o refusar firmas, en el sentido de 'rechazar testigos', etc. «Maguer si iudez o alguno de los alcaldes iurados o escriuano firmaren con otros non iurados de XX mencales arriba, si non fueren creidos, sean reptados» (Fuero de Béjar, De firma de iurado e non iurado, 671).
autenticación, celebración de tratados internacionales, manifestación del consentimiento, tratado